El Tribunal Administrativo del Deporte de Andalucía ha estimado la alegación presentada por el CD Demo en relación a la sanción de que fue objeto el equipo sevillano tras su partido de liga frente a la UD Pilas.
Recordemos que, tras este encuentro, el club presidido por José Cascajo presentó una reclamación por alineación indebida, ya que el jugador que figuraba en el acta con el dorsal nº 12 no era el que realmente participó en el partido.
El Comité de Competición consideró demostrada la suplantación de personalidad, si bien entendió que no hubo mala intención por parte del club infractor, lo que sirvió como atenuante a la hora de sancionar al entrenador y al delegado. No obstante, dio el partido por ganado a la UD Pilas (0-3) y restó tres puntos al CD Demo. Esta resolución fue ratificada por el Comité de Apelación, que mantuvo el criterio de Competición.
No obstante, el CD Demo acudió a la última instancia, el TADA, un tribunal ajeno a la Federación que, en una extraña y polémica sentencia, deja sin validez las resoluciones de los comités federativos, argumentando un error en la instrucción del expediente por parte de la RFAF.
En esta sentencia no se entra en el fondo de la cuestión, es decir, no se valora si hubo o no alineación indebida: simplemente se invalida el procedimiento por un error de forma y se anulan las sanciones que en su día fueron impuestas. Así, el CD Demo recupera 6 puntos y la UD Pilas pierde 3, algo que ya consta en la clasificación que publica la RFAF en su página web.
De este modo, una alineación indebida (aunque fuera provocada por un error involuntario) queda sin sanción por un error de procedimiento. Es algo que afecta no sólo a la UD Pilas, sino a los otros equipos que luchan por la salvación (La Barrera CF, UD Rinconada e Ibarburu CF).
El equipo pileño, ahora con 20 puntos, se sitúa más lejos de la salvación. De hecho, podría descender ya la próxima jornada si no logra ganar a la UD Morón CF.
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